“Nuestra labor y servicios como abogados, se encuentra limitada a las disposiciones legales del Código de Comercio de la República Dominicana.
Entre los servicios que ofertamos a nuestros clientes, realizamos los siguientes;
1. Constitución de sociedad y empresas comerciales, trabajando siempre al margen del Código de Comercio, la ley No.479-08 sobre sociedades comerciales y sus modificaciones por la ley no. 31-11.
2. Asesoramiento legal en las operaciones comerciales, a las cuales se enfrentan día a día de dichas sociedades o empresas comerciales.
3. Actualización, Modificación, disolución de las compras de activos y de los contratos comerciales, tanto nacionales, como internacionales.
Nuestra longeva y certificada experiencia nos permite asesorar a clientes nacionales y extranjeros que deseen invertir y participar en los procesos de compra y venta de propiedades inmobiliarias; constitución de compañías, reglamentación y gestión fiscal de las mismas, sosteniendo una participación importante, en el vigoroso sector del turismo nacional. Nuestros clientes, representan empresas dominicanas importantes en el departamento económico del país.
Sociedades tipo “OffShore”:
Además, de ofrecer servicios nacionales, nuestra firma oferta el servicio de trámite de gestiones de constitución de compañías, de tipo “Off Shore”, en las jurisdicciones reconocidas, por su facilidad de servicios, confidencialidad y de menores costos de incorporación y mantenimiento comercial, entre estas; Panamá, Islas Vírgenes Británicas, Anguila, Estados Unidos, Holanda, Escocia y Bahamas. A pesar de la anterior aclaración, en cuanto a los beneficios y costos fiscales de las sociedades dichos países .Las sociedades de Responsabilidad Limitada en lugares como; Delaware, Florida y Nevada, en Estados Unidos. También en países como; Holanda y Escocia y algunos de Europa, se puede operar también con este tipo de sociedades, como si fueran; “Offshore”.